RD-Ley 15/2020, nuevas medidas laborales


Nuevo RD-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Documento farragoso, estilo legislativo actual.

Destacamos las siguientes cuestiones laborales:
Art 22: Cabe desempleo en caso de cese en periodo de prueba en todo caso, incluso en el caso de que no hubieren transcurrido 3 meses desde una baja voluntaria en la anterior relación laboral.
Disp Adic. 8ª 2. facilita los ERTES por fuerza mayor parcial en actividades de sectores esenciales.
Disp Adic 9ª endurece el régimen sancionador para las empresas en caso de ofrecer datos falsos o incorrectos.
Destacar que "Será sancionable igualmente... la conducta de la empresa consistente en solicitar medidas, en relación al empleo QUE NO RESULTARAN NECESARIAS o no tuvieran conexión SUFICIENTE con la causa que las origina, cuando dicha circunstancia se deduzca de las falsedades o incorrecciones en los datos facilitados por aquellas y siempre que den lugar a la generación o percepción de prestaciones indebidas o a la aplicación de deducciones indebidas en las cuotas a la Seguridad Social" Por tanto, cuidado con los informes justificativos de los ERTES, que pueden traer cola, y más con esos conceptos tan subjetivos que he resaltado.
- En todo caso, será la empresa la que tenga que devolver las prestaciones indebidas, descontándolo del salario del empleado

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