Sobre la Responsabilidad Civil de las Residencias de Mayores


Tras más de un mes de estado de alarma, suenan ya tambores de guerra que anuncian la exigencia de responsabilidades a residencias por su gestión de la crisis. Así, quiero destacar esta reciente STS de 11/03/2020:

1. Constatación de la culpa como fundamento de la responsabilidad civil contractual y extracontractual
2.- La gestión de una residencia no es actividad anormalmente peligrosa como para invertir la carga probatoria u objetivizar responsabilidad; sin perjuicio del cumplimiento de los deberes de diligencia y cuidado que exigen tales servicios
3.- Los citados cuidados "no conllevan la exorbitante obligación de observar a los residentes, sin solución de continuidad, las 24 horas del día, cuando no se encuentran en una situación de peligro"
4.- En el caso analizado, no existían en la persona del residente unos riesgos concretos que exigieran una vigilancia particularmente intensa (según STS 23/2/2006), hallándose la residente en un lugar que no constituía una situación objetiva de peligro
5.- La atención que se dispensaba a la residente no era la propia de un centro hospitalario en el tratamiento de un proceso patológico que requiriese asistencia médica

Este último punto, muy de actualidad y hecho relevante de cara a eventuales reclamaciones derivadas del COVID19. Destacar en esta situación, nuevamente, la importancia de planificar e implantar políticas de compliance en las Residencias

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