Bajas de trabajadores por COVID en centros de mayores.



Sobre las bajas por COVID en centros sanitarios y sociosanitarios, conviene recordar que el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, dice en su artículo 9 que "Las prestaciones de Seguridad Social que cause el personal que presta servicios en centros sanitarios o socio-sanitarios, inscritos en los registros correspondientes, y que en el ejercicio de su profesión, hayan contraído el virus SARS-CoV2 durante cualquiera de las fases de la epidemia, por haber estado expuesto a ese riesgo específico durante la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios, cuando así se acredite por los servicios de Prevención de Riesgos laborales y Salud Laboral, se considerarán derivadas de accidente de trabajo, al entender cumplidos los requisitos exigidos en el artículo 156.2.e) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre"

El Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, en su DAdic 8ª prorroga dicho artículo 9 hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria.

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