Ley 1/2025 y requisitos de procedibilidad.
Pues ya está aquí la Ley 1/2025 y su requisito de procedibilidad. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia incorpora los medios adecuados de solución de controversias (MASC) como un requisito de procedibilidad en el ámbito civil, con el propósito de incentivar la resolución extrajudicial de conflictos, reducir la saturación de los juzgados. Es decir, una demanda que no justifique el cumplimiento del requisito de haber procurado una solución previa de la controversia, será rechazada de plano por el juzgado, sin posibilidad de subsanación. Existen muchas dudas de como ha de llevarse a efecto, con interpretaciones divergentes entre los operadores jurídicos, lo que va a generar incertidumbre y desigualdad en su aplicación práctica. Creemos que es una norma mal planteada, que se va a quedar en una formalidad más, carente de interés real. Pero para quien quiera trabajar de verdad es la solución de controvers...